REGLAMENTO INTERNO DE TRABAJO
El
Reglamento Interno de Trabajo contiene los deberes, derechos, obligaciones y
prohibiciones tanto del patrono como del empleado.
El
reglamento hace parte del contrato individual de trabajo de cada uno de los
trabajadores, salvo estipulación contraria de esto, lo cual solo puede
efectuarse a favor del trabajador.
El reglamento interno del trabajo está
reglamentado por los artículos 104 a 125 del código sustantivo del trabajo
Este
no debe afectar los derechos mínimos del trabajador, es indispensable para la resolución
de conflictos que se llegaren a presentar dentro de la empresa, y es tan
importante que si no existiera, sería muy difícil sancionar a un trabajador por
algún acto impropio, puesto que no habría ninguna sustentación normativa o
regulatoria que ampare una decisión sancionatoria.
El
reglamento interno del trabajo, se encarga de contemplar aquellos aspectos no
contemplados de forma expresa por la ley, o que simplemente han quedado al
libre albedrío de las partes. Este sirve de guía y de herramienta para mantener
el orden dentro de una organización
Para sancionar a un trabajador debe existir una causa, es decir, unos hechos que den a entender que uno o varios trabajadores violaron o transgredieron el régimen de deberes, obligaciones y/o prohibiciones establecidas en la ley, en el reglamento interno de trabajo o en el contrato de trabajo o que cometieron una falta grave de las que están pactadas en el Reglamento Interno de Trabajo de la compañía.
Sanciones posibles a imponer a un
trabajador
1.
Llamados de atención con copia a la hoja de vida, en donde se deben especificar
claramente los hechos y el incumplimiento en el que incurrió el trabajador.
2.
Suspensiones del trabajo, que son consagradas por el Código Sustantivo del
Trabajo, que reza: “ARTICULO 112. SUSPENSIÓN DEL TRABAJO. Cuando la sanción
consista en suspensión del trabajo, ésta no puede exceder de ocho (8) días por
la primera vez, ni de dos (2) meses en caso de reincidencia de cualquier
grado”. Cada compañía podrá establecer tiempos de suspensiones diferentes, los
cuales no podrán ser mayores a los establecidos por la norma, que deberán
consagrarse en el Reglamento Interno de Trabajo, el cual deberá ser conocido
por todos los trabajadores.
3.
Multas, las cuales se consagran en el artículo 113 del Código Sustantivo del
Trabajo, el cual determina que solo se podrán imponer dichas sanciones cuando
hay retrasos o faltas al trabajo sin excusa por parte del trabajador. El monto
de las multas no podrán exceder de la quinta parte del salario diario y el
empleador deberá destinar dicho dinero únicamente a conceder premios o regalos
para los trabajadores.
4.
Despido por justa causa: si el empleador no considera justificada la falta del
empleado, puede proceder entonces a notificarle la carta de despido en la cual
debe indicar los hechos concretos que lo motivaron a tomar tal decisión.
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