CESANTÍAS
ART 249 Cod. Sust.Trabj: Las cesantías es una
prestaciones sociales que tiene derecho todo trabajador vinculado a una
organización, que tiene como finalidad amparar al trabajador en caso de quedar
cesante (sin trabajo ), estas se liquidan y pagan anualmente durante la
vigencia del contrato de trabajo, el artículo señala que el empleador debe
pagar al trabajador un mes de salario por cada año laborado, o proporcional al
tiempo laborado estas deben consignarse al fondo de pensiones y cesantías en
caso de dar por terminado el contrato se pagarán directamente al trabajador.
Formula de liquidación: (salario mensual
*días trabajados)/360
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